miércoles, 28 de octubre de 2009

FALLO JUDICIAL A FAVOR DE UN DELEGADO GREMIAL SIN PERSONERÍA

Tras el histórico fallo de la Corte por la libertad sindical, una jueza de Rosario obligó al policlínico Pami I a dejar sin efecto el traslado que había dictado contra un agente. Al representante gremial lo habían trasladado a otra oficina por, según su abogado, “persecución por su actividad”.
20-11-2008
El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en favor de la libertad sindical tuvo ayer un rebote concreto en los Tribunales Federales de Rosario a través de la resolución de una magistrada.

La jueza Sylvia Aramberri otorgó una medida cautelar en favor de un dirigente de una organización sindical con simple inscripción y sin personería gremial, y obligó al policlínico Pami I a que deje sin efecto el traslado que había dictado contra el agente.
Semanas atrás el gremialista Raúl Praino, secretario general de Norte (Nueva Organización de Trabajadores Estatales), organización que carece de personería gremial, pidió una acción de amparo sindical ante una disposición del director del Pami I (Sarmiento al 300), Dante Giannone, que lo mandaba a la oficina de auditoría.
Según el planteo de Praino y su abogado defensor, Gustavo Feldman, ello fue "producto de la persecución y hostigamiento por la actividad gremial, desalojándolo de su oficina y desconociendo su categoría, antigüedad y status gremial".

La jueza Aramberri citó a las partes y tras escucharlas dispuso "la suspensión de los efectos de la disposición dictada por el policlínico Pami I" contra Praino.
Satisfacción.
Florencia Villarruel, copatrocinante, destacó la resolución de la jueza, en tanto que Feldman la definió de "doblemente valiosa".

"Primero —enumeró Feldman—, porque pone a los instrumentos internacionales (convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo) por encima del derecho interno argentino"."Y segundo —siguió el abogado—, al desnudar una vez más el trato discriminatorio y persecutorio que caracteriza a algunos dirigentes del Pami; en este caso, un funcionario que por el hecho de ser médico debería respetar mínimas cuestiones de trato humanitario. Sin embargo, por propósitos inconfesables, procede arbitraria y torpemente".
NUEVO TRASPIÉ JUDICIAL DEL PAMI EN UNA CAUSA CONTRA UN GREMIALISTA
20-08-2009
La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó la medida cautelar adoptada por la jueza federal Nº2 de Rosario, Sylvia Aramberri, quien ordenó al Pami retrotraer una disposición que afectaba los derechos sindicales del gremialista Raúl Praino.

La Cámara Federal ratificó ahora ese criterio, que también había sido adoptado en tres casos más por el otro juez federal de Rosario. La presentación fue impulsada por el abogado de Praino, Gustavo Feldman.

Como hace unos meses sostuvo la Corte Suprema, el patrono, según la Cámara, no puede disponer de cualquier forma del trabajador cuando esta conducta afecta la libertad sindical del mismo, con independencia de si la entidad gremial a la que pertenece tiene personería sindical, está inscripta o no inscripta.

El fallo de la Corte y éstos de la Justicia federal rosarina dan prelación a la protección de la libertad sindical tomada ésta como derecho humano.

En ese sentido, el 13 del corriente mes la Cámara Federal de Rosario, con las firmas de los magistrados Liliana Arribillaga, Carlos Carrillo y Fernando Lorenzo Barbará, confirmaron el fallo en primera instancia de la jueza Arribillaga.

Barbará sostuvo en su voto —con el que coincidieron los otros dos integrantes de la Cámara— que "deberán restablecerse en forma provisoria las condiciones de trabajo modificadas hasta que exista un pronunciamiento sobre el particular".

En otro párrafo del fallo Barbará agrega: "No pudiéndose innovar en las condiciones y modalidades de trabajo, salvo que éstas sean generales para el establecimiento o sección, hasta que recaiga sentencia definitiva".

Precisamente, fue Barbará quien propuso "el rechazo de los agravios de la apelante (Pami) y la confirmación de la cautelar venida en revisión" a la Cámara Federal.